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Victoria para los trabajadores mineros colombianos: una sentencia a favor de la Transición Energética Justa

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La empresa Prodeco, filial de Glencore, se encuentra operando en Colombia y, por tanto, no podrá despedir más trabajadores directos amparado en el “cese de operaciones” y deberá respetar el fuero sindical gracias a la acción colectiva de las organizaciones sindicales. 

 

La empresa Prodeco, filial de Glencore, se encuentra operando en Colombia y, por tanto, no podrá despedir más trabajadores directos amparado en el “cese de operaciones” y deberá respetar el fuero sindical gracias a la acción colectiva de las organizaciones sindicales. 

En un importante fallo, el Tribunal Superior de Valledupar emitió una sentencia a favor de los trabajadores del sector minero, en el cual se determina que la empresa Prodeco no podrá quitar la protección de fuero sindical a sus empleados y, por lo tanto, no podrá continuar despidiendo a trabajadores directos sindicalizados 
 

Esta decisión es  avance significativo para la transición energética justa y los derechos laborales en el país, en un contexto en el que la empresa Prodeco ha llevado a cabo despidos masivos en los corredores mineros del norte de Colombia desde el 2021, a pesar de continuar funcionando de manera normal, tras la renuncia a cuatro de sus títulos mineros en la región  

Una transición justa implica que los derechos de los trabajadores del sector carbón sean respetados y que el cierre de las minas se realice de manera gradual y consensuada con las comunidades y los empleados de las empresas mineroenergéticas sin la violación de los derechos humanos y laborales.  

 

Diana Herrera, abogada del Consultorio Laboral Minero de CNV Internationaal, resalta cinco aspectos fundamentales que tuvo en cuenta el tribunal para resolver la sentencia en segunda instancia: 
 

  • La empresa no solicitó permiso al Ministerio de Trabajo para suspender sus actividades por un período superior a 120 días. 
     
  • Aunque la entidad empleadora solicitó permiso al Ministerio de Trabajo para llevar a cabo despidos colectivos, la decisión no se encuentra firme debido a que existe un recurso de apelación pendiente.

 

  • A pesar de que la empresa realizó todos los trámites necesarios ante la Agencia Nacional Minera para la entrega de sus títulos mineros, esto no la exime de cumplir con los trámites establecidos por el Ministerio de Trabajo. 

 

  • La empresa no se encuentra en proceso de liquidación ni reorganización, un aspecto que aplica para todas las empresas del grupo Prodeco. 

 

  • La primera acción que llevó a cabo la empresa fue solicitar la suspensión de sus actividades por un período determinado, sin embargo, esta suspensión no fue autorizada debido a que no se identificaron problemas técnicos ni económicos que respaldaran esta decisión.

 

 

Con esta decisión judicial, el tribunal tomó en cuenta que la operación del Grupo Prodeco sigue vigente y que, por lo tanto, se deben respetar los derechos sindicales, amparando así a los líderes de Sintramienergetica y Sintracarbón. Este logro no hubiera sido posible sin la asesoría legal sindical estratégica brindada por CNV Internationaal y el trabajo solidario articulado de las organizaciones sindicales que integran el Colectivo de Trabajadores por la Transición Justa.

Se espera así, sentar un precedente importante en la protección de los derechos de los trabajadores y en el impulso de buenas prácticas en materia laboral por parte de las empresas ante procesos de cierre, fomentando con esto una transición energética justa, gradual y responsable en Colombia. 

Fecha de publicación 18 07 2023